Redacción - La Estrella de Antofagasta
El pago de más de 293 millones de pesos establece el fallo del Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, que condenó a un médico cirujano por su responsabilidad en el fallecimiento de su paciente Mario Sarricueta Barraza, quien falleció el 21 de marzo de 2013, tras ser operarlo por un cáncer gástrico.
La resolución de la jueza Elizabeth Araya Julio ordena a Bayardo Cadena Jacome a pagar una indemnización de perjuicios de 23 millones 130 mil 942 pesos por concepto de daño emergente y 70 millones de pesos por daño moral, a la viuda de la víctima. Además, dispone el pago de 50 millones de pesos a cada uno de los cuatro hijos.
El fallo establece que "el demandado efectivamente incurrió en negligencia médica, precisamente por las características de la cirugía realizada al paciente y que según lo señalado y aseverado en la literatura médica, las consecuencias y complicaciones padecidas, en la especie la 'obstrucción abdominal' suelen ocurrir y con consecuencias graves". Agrega que "es el cirujano quien debe extremar la prolijidad de su técnica y además un alto índice de sospecha ante todo paciente que curse de modo no esperado, los síntomas que el paciente dejaba ya ver y que luego aparecen corroborados al practicarse la tomografía de abdomen y las sucesivas intervenciones y que debió prevenir, detectar en forma precoz y manejar óptimamente dichos efectos adversos".
Por lo anterior, habiéndose acreditado los presupuestos de la negligencia del facultativo "y existiendo además el nexo causal entre la imprudencia y omisión que incurrió el médico y el agravamiento del paciente, corresponde determinar la concurrencia de los daños alegados, en concreto el daño emergente y daño moral demandados", concluye.
Recurso
Respecto al caso, la Fundación de Asistencia Legal (FALMED) del Colegio Médico de Chile, informó que presentó un recurso de apelación y casación ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, para revertir el fallo.
El comunicado agrega que el facultativo "hizo todos los esfuerzos posibles por salvar la vida de un paciente, que falleció producto de un cáncer gástrico avanzado". El escrito destaca que en este caso "no existe responsabilidad que sea imputable al facultativo, respecto del lamentable fallecimiento del paciente, toda vez que se trató de un cáncer relacionado con un tumor ulcerado tipo tres, cuya cirugía y posterior tratamiento, no están exentos de complicaciones".
Por ello, FALMED insistió en que se trata "de una sentencia de primer grado discutible, que en segunda instancia se espera revertir, conforme a los sólidos argumentos científicos que obran en el proceso y que acreditan la ausencia de responsabilidad del facultativo".
Este Diario intentó obtener la versión del médico sentenciado, sin embargo a través de la secretaria de su consulta indicó que no se referiría al tema.