Siga estos consejos si no le llega la esperada devolución de impuestos
Cuotas impagas en créditos fiscales de educación o bien en Fonasa, además de errores comunes como escribir mal la cuenta bancaria, son algunos de los motivos por los cuales podría no recibir su devolución.
Camila Infanta S.
Para quienes hicieron su declaración de impuestos entre el 1 y 20 de abril, y pidieron recibir su dinero a través de un depósito, ésta podría ser una muy buena semana. La razón: el 11 de mayo es la fecha dispuesta por el Servicio de Impuestos Internos (SII) para efectuar la primera entrega masiva de dinero, correspondiente a su devolución impositiva.
Montos que muchos esperan como un bono o un respiro financiero. Pero, ¿sabe qué hacer si no recibe el esperado depósito?
Los motivos para no recibirlo son muchos, algunos complejos y otros más sencillos, como que la cuenta bancaria que entregó fue ingresada en forma incorrecta, fue cerrada o no pertenece al declarante.
En el sitio web de la Tesorería General de la República explican que también puede ocurrir que el Servicio de Impuestos Internos retenga la devolución de algunos contribuyentes. ¿Por qué?
Una de las primeras opciones es la retención por motivos judiciales, lo que ocurre cuando el declarante tiene deudas previsionales o laborales, que podrán cobrarse de la devolución.
Otra alternativa es que el declarante mantenga deudas por el crédito universitario solidario o con aval del Estado, y las instituciones correspondientes hayan solicitado la retención por cuotas impagas.
Lo mismo podría ocurrir con Fonasa, quienes envían a la tesorería la información de las deudas que el contribuyente mantiene con el sistema, para que se retenga el valor adeudado.
En todos esos casos, parte o la totalidad de la devolución será abonada a esas deudas y el contribuyente no tendrá su devolución.
Para los casos en los que los contribuyentes crean necesario rectificar su declaración, el Servicio de Impuestos Internos abre un plazo que se inicia la primera semana de junio para corregir el error o la información inconsistente que se haya presentado en primera instancia.
El trámite se hace, igualmente, a través del sitio web del Servicio, en la opción corregir o rectificar declaración.
En caso de que esta correción no se pueda hacer por Internet, existe la alternativa de llamar a la mesa de ayuda, o bien acudir a las oficinas del SII en su ciudad.
Hora de asumir
Pero más allá de los trámites que tenga que realizar si no recibió los montos esperados, ¿qué hacer si ya tiene comprometida esa plata?
El economista y consultor financiero, Jorge Hermann, asegura que, si lo que tenía pensado comprar es urgente, y el problema con el SII fue que llegará después y no que no llegará, se puede solicitar un crédito de consumo, idealmente en pocas cuotas, hacer el gasto y pagarlo cuando obtengan la devolución total.
"Obviamente hay que saber que esto tendrá un interés, pero puede que sea bajo", dice el especialista.
Por su lado, el economista de la Universidad Andrés Bello, Víctor Valenzuela, explica que, si el problema con la no devolución proviene del no pago de algunos impuestos por parte de los empleadores, esto suele tener solución.
"La mayor parte de las veces el empleador resuelve esos problemas, pues le conviene. Ahora, si eso no pasa, eventualmente citarán al contribuyente", dice Valenzuela.
Valenzuela añade que, ya que es bien común que la gente se gaste el dinero antes de tenerlo, "si éste ya no llegó, entonces no queda otra que asumir". Es decir, recalcular su presupuesto sin este ingreso esperado, de manera decidir si su mejor opción es recortar gastos o bien solicitar un crédito a un plazo fijo.
"Gastarse el dinero de la devolución de impuestos antes de tenerlo es algo bien común pero, sin duda, es un grave error. Así que si el dinero no llegó ni llegará, hay que asumir".
Víctor Valenzuela,, economista de la UNAB."