Guía para saber sus obligaciones con la nueva ley de tenencia responsable
La nueva norma establece el registro obligatorio de animales de compañía, el que puede realizarse vía online o de manera presencial. Además se crean exigencias especiales para los animales considerados potencialmente peligrosos.
Camila Espinoza López
El gobierno dio a conocer estos días el reglamento de la Ley 21.020 de Tenencia Responsable de Animales de Compañía. Se trata de una norma que busca evitar el maltrato animal y las frecuentes imágenes de animales domésticos abandonados que se pueden encontrar por todo Chile.
La norma establece sanciones para quienes la incumplan, que van desde una a 30 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre $47 mil a $1.437.600, aproximadamente, cuya aplicación quedará a cargo del juez de Policía Local.
Para que conozca la ley y no se arriesgue a que le pasen un parte, La Estrella consultó a expertos en qué consiste.
Registro de la mascota
En primer lugar, la Ley exige que los animales domésticos cuenten con su identificación. "Se puede usar, además del microchip, una placa que contenga los datos del animal y que se encuentre firmemente adosada a la correa de cuello y arnés, en el caso de las aves, y en otras especies también se pueden usar anillos de identificación", dice Sebastián Jiménez, jefe del Programa Mascota Protegida.
María José Ubilla, veterinaria etóloga y directora de Tenencia Responsable del Colegio Médico Veterinario de Chile recomienda siempre preferir el microchip.
"El collar con placa puede ser un método, pero no se considera suficiente, porque es fácil que esa placa se pierda. Lo que educamos y transmitimos es que ojalá todos puedan ponerle el microchip", comenta Ubilla.
Además, las personas tienen la obligación de registrar a su mascota, lo que se pueden hacer en la plataforma registratumascota.cl, contando con la clave única que otorga el Registro Civil o de forma presencial, en el municipio.
El plazo límite para la inscripción es el 12 de febrero de 2019. Una vez que una persona adquiere una mascota, tiene 90 días para registrarla.
Nuevo dueño
Si el animal ya se encuentra inscrito en el Registro Nacional y es dado en adopción o se entrega a otra persona, debe informarlo. "Quien entrega y quien recibe al animal, es decir, ambas personas, deben acudir presencialmente a la municipalidad y solicitar al funcionario municipal encargado del Registro el cambio de tenedor", dice Jiménez.
Destaca que el funcionario municipal accederá así a la ficha del animal para actualizarla e ingresar los nuevos datos. "Al validar esta información, se imprime un documento a firmar por ambas personas. Este trámite próximamente podrá estar disponible en línea, usando Internet, una vez que el Registro Nacional se termine de ajustar a los requerimientos del Reglamento", dice Jiménez.
Recoger Las Heces
Carmen Luz Barrios, médico veterinario y académica de la Universidad Mayor, se refiere a la obligación de los dueños de recoger las heces de sus mascotas cuando salen a pasear y también mantenerlos en el hogar en condiciones de higiene.
"Las heces no sólo tienen un impacto a nivel a nivel sanitario, sino que en la percepción del entorno de las personas que circulan alrededor de estas heces. Deteriora su calidad de vida y la gente tiene una percepción de desagrado", dice.
Otro punto que recalca la veterinaria es que la mascota no puede estar suelta en un espacio público.
Razas peligrosas
Le ley de tenencia responsable establece además exigencias específicas para los dueños de animales considerados potencialmente peligrosos, como la inscripción en el registro de Animales Potencialmente peligrosos.
El dueño tiene la obligación de realizar, junto a su mascota, un curso de adiestramiento y obediencia y debe asistir a una charla sobre tenencia responsable. También debe contratar un seguro de responsabilidad civil y contar con un espacio adecuado y cerco seguro para evitar escape de la mascota. En la vía pública, el animal debe circular con bozal, arnés y correa.
"Serán calificadas como razas o híbridos caninos potencialmente peligrosos los siguientes: Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Pitbull, Presa Canario, Presa Mallorquín, Rottweiler y Tosa Ino", dice la normativa.
"Lo mismo aplicará tratándose de un ejemplar canino proveniente de la cruza en primera generación de un ejemplar de cualquiera de las razas señaladas precedentemente", complementa Jiménez. Y recalca que se podrá catalogar a un animal como potencialmente peligroso por algunas características físicas, como que tenga gran desarrollo de los músculos masticatorios o si ha causado lesiones a terceros.
"El collar con placa puede ser un método, pero no se considera suficiente, porque es fácil que esa placa se pierda. Lo que educamos es que ojalá todos puedan ponerle el microchip"
María José Ubilla,, directora de tenencia responsable del, Colegio Médico Veterinario"